Este agosto los casos de Crissthian Olivera y Jenny y Darling tendrán audiencias en instancia internacional y nacional respectivamente que, de lograr un fallo favorable, impactará sustancialmente en los derechos de otras personas y familias LGBTIQ+ en Perú.
Puesta en duda, sino que fue invalidada y desacreditada. Se hizo una representación estigmatizada de mi persona. Pido justicia para mí y que, por fin, se reconozca que sufrí discriminación y que el Estado peruano vulneró mis derechos a través de decisiones prejuiciosas y silencios cómplices que perpetuó un sistema excluyente lleno de barreras que nos impiden a las personas LGBTIQ+ acceder a la justicia. Por ello, busco también generar estándares de justicia para las personas LGTBIQ+ de este país, que no se repitan más casos como el mío y que los mecanismos de denuncia sean realmente oportunos, efectivos y sin prejuicios sobre la orientación sexual o la identidad de género de las personas”, señala Crissthian.
Del mismo modo, Jenny Trujillo y Darling Delfín, lesbianas, esposas y mamás de Daki, iniciaron, desde hace cinco años, una demanda contra RENIEC por no inscribirlas a ambas en el DNI de su hijo, lo que se traduce como una serie de vulneración de derechos, tales como el derecho a la identidad, al interés superior del niño, a la protección familiar, a la igualdad y no discriminación, entre otros, tendrán también una audiencia con la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, el 23 de agosto a las 10:00 a.m. donde jueces y juezas decidirán si ratifican la orden de primera instancia que obliga a RENIEC emitir un documento con sus dos mamás para Daki.
“En esta oportunidad demandamos a la Corte que ratifique la sentencia de primera instancia que ordena a RENIEC emitir un DNI con dos mamás para Daki. Así también, exigimos que se declare fundada la demanda de amparo presentada al Poder Judicial por la discriminación por orientación sexual cometida contra una de nosotras y que se configura como una afectación y daños irreparables en el ejercicio del reconocimiento y garantía de neustros derechos y los de Daki”, señalaron Darling y Jenny.
Por su parte, Luisa Zanabria, en representación de LIFS, una de las organizaciones litigantes, comparte: “Están limitando el ejercicio de los derechos humanos y fundamentales de la familia, tanto de las madres como de Daki. Las lesbianas como cualquier otra mujer tenemos derecho a nuestras maternidades y los Estados tienen la obligación de garantizar el ejercicio de este derecho a todas sus ciudadanas. El estado peruano tiene que cumplir este mandato y dejarse de prejuicios. A las madres de Daki, por ser lesbianas no les están permitiendo ejercer este derecho”.
Así también, Gabriela Zavaleta, representante de Más Igualdad, otra de las organizaciones litigantes, refiere sobre ambos casos que “(…) las próximas audiencias resaltan la urgencia de rechazar las manifestaciones discriminatorias contra la diversidad LGBTIQ+ que se encuentran vigentes no solamente en la sociedad peruana sino también en las leyes. Será una nueva oportunidad para examinar si el Estado peruano está cumpliendo con sus obligaciones para con los derechos fundamentales de todos sus ciudadanos, entre ellos, las personas LGBTIQ+, quienes son igual de valiosas y merecedoras de protección legal para ellas y sus familias. Esperamos que las autoridades acojan las recomendaciones y se comprometan a hacer del Perú un país seguro y digno para las vidas de la población LGBTIQ+”.
Igualmente, Cynthia Silva, directora de DEMUS, organización que forma parte también del litigio de ambos casos, declara: “Desde Demus consideramos las audiencias hitos históricos en la lucha por la igualdad material de las personas y familias LGTBI en Perú. Estas son oportunidades para que la ciudadanía conozca los fundamentos jurídicos de los alcances de la protección y garantía de los derechos humanos frente a patrones de discriminación que pretenden negar, con consecuencias graves, tanto a las víctimas directas, en este caso Daki, sus mamás Crissthian, y a la sociedad. Acompañémosles sororamente y sumémonos a su legítimo reclamo por una justicia arcoiris”.
Finalmente, todas las organizaciones parte y denunciantes coinciden en que el Estado peruano debe recoger e implementar la recomendación hecha en marzo por el Comité CEDAW sobre legislar en favor del matrimonio igualitario, así como la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte IDH sobre no discriminar a las parejas del mismo sexo. Un reto para el cumplimiento y garantía de los derechos humanos.